En las siguientes líneas intentaré explicar que es un testamento vital, a través de unas simples preguntas a modo de mini guía entendible para todos. Espero que sirva de ayuda para dar a conocer éste documento aclarar dudas a aquellos que habían oído hablar de él.
¿Qué es un Testamento Vital?
El Testamento Vital, o documento de voluntades anticipadas (DVA), es un documento previsto para poder actuar de acorde las ideas de la persona que lo redacta, en el supuesto de que ésta no pueda expresarse por sí misma a causa de que su estado de salud no lo permita. Son una serie de instrucciones que una persona mayor de edad, con capacidad suficiente y de manera libre dirige a su médico responsable. Se trata de la manifestación escrita de aquello que se quiere en caso de no poder ser expresado por la persona en casos de enfermedad terminal o irreversible. Dota de autonomía a la persona para decidir sobre la propia salud, de esta manera permite prever que tipos de cuidados o tratamientos quiere que le sean brindados en un supuesto futuro. Además contempla la designación de un representante legal para defender los intereses de la ésta, sobretodo en algunas situaciones que pueden surgir al final de la vida.
¿Qué utilidad tiene, es legal?
En lo referente a la legalidad del documento y su validez, Cataluña fue la primera comunidad en regular éste derecho a través de la ley 21/2.000 de 29 de diciembre. Posteriormente se fue regulando en todas las comunidades autónomas. Además en todas ellas existe un Registro oficial de testamentos Vitales. La utilidad del Registro reside en que facilita el acceso al documento a los médicos que lo han de tener en cuenta, ya que al ser inscrito de incorpora a la historia clínica compartida de la persona, haciéndose además visible en todo el estado.
Aquí os dejo los enlaces a la legislación vigente:
¿Cómo hacerlo?
No existe ningún documento oficial, el contenido de éste es libre y no existe un formulario estándar. Algunas asociaciones, como Derecho a Morir Dignamente (DMD) proponen un modelo (Modelo de DMD) para facilitar su redacción. También hay modelos orientativos, que son más completos como el que propone el Departament de Salut de la Generalitat, aunque lo que debemos saber es lo siguiente:
El documento puede constar de una o dos partes. Una de estas ha de referirse a las voluntades expresas y otro a la designación del representante que la persona escoja.
Modelo propuesto por la Generalitat, además contempla situaciones tras la muerte de la persona, que pueden también ser contempladas en el DVA, como es la donación de órganos.
¿Cuándo hacerlo?
Para redactar el documento no hace falta tener ninguna enfermedad, sólo hay que coger la conciencia de la autonomía que nos brida ésta herramienta para ser sólo nosotros los dueños de nuestra salud .Un consejo útil puede ser el de solicitar asesoramiento profesional a sanitarios que conozcan el tema.
¿Puedo solicitar Eutanasia?
A pesar de que la redacción del documento y su contenido es libre, la ley contempla excepciones: no permite que las voluntades vulneren la ejecución de la buena práctica profesional, ni que tenga que ver con la eutanasia.
Definir que es y que no es una buena práctica profesional es difícil, y más en situaciones al final de la vida, aunque el respeto a la voluntad de la persona es la pauta a seguir. En lo referente a la eutanasia, la ley actual rechaza cualquier actuación que, de forma directa, produzca la muerte o ayude directamente a morir. Por lo tanto no se puede solicitar directamente la eutanasia ya que es algo ilegal.
Enlaces de Interés:
Asociación Derecho a Morir Dignamente, Testamento Vital
Entrada publicada en Nuestraenfermeria.es 3 enero 2013: Mini Guía para Testamento Vital
Entrada publicada en Nuestraenfermeria.es 3 enero 2013: Mini Guía para Testamento Vital
Fernando Campaña Castillo
Diplomado Universitario en Enfermería
Máster en Enfermería Oncológica
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